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Seguros Responsabilidad Civil

En los términos y condiciones consignados en la póliza, la Compañía toma a su cargo la responsabilidad civil extracontractual, según se regula en los artículos 1902 y siguientes del Código Civil, que pueda derivarse para el Asegurado, de acuerdo con las leyes vigentes, como consecuencia de los daños personales o materiales y perjuicios consecuenciales causados involuntariamente a terceros por hechos que deriven del riesgo asegurado.

Algunas de las garantías que se pueden contratar son:

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